Renovación de licencias de conducir en el 2017



Como comentamos en la nota pasada, se han aprobado cambios en el reglamento de obtención de licencias de conducir. En esta nota te mostramos cuáles serán los requisitos para poder renovar tu licencia de conducir según el nuevo reglamento que se hará vigente a partir del 2017.

Reglamento para revalidación de las licencias de conducir

 Las licencias de conducir son válidas hasta el último día de su vigencia. La solicitud de revalidación puede presentarse dentro de los sesenta (60) días calendario anteriores a la fecha de revalidación consignada en la licencia de conducir o en cualquier momento después de culminado su plazo de vigencia, sin perjuicio de la prohibición de conducción con una licencia vencida. La licencia de conducir que se expida previo procedimiento de revalidación estará vigente desde su fecha de emisión.

Para la revalidación de licencias de conducir en la misma categoría o a una inferior, se debe acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Presentar el formulario con carácter de declaración jurada, aprobado por la DGTT mediante Resolución Directoral, en el que se consignen los datos personales del solicitante, debidamente llenado y suscrito.
  • No contar con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la información del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por cumplido este requisito con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
  • No estar suspendido o inhabilitado, según la información del Registro Nacional de Sanciones.
  • Declaración jurada de no estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos del transporte terrestre.
  • Certificado de salud para Licencias de Conducir, expedido y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
  • Constancia de finalización del Taller “Cambiemos de Actitud”, desarrollado por el Consejo Nacional o Regional de Seguridad Vial, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
  • Constancia de finalización de un curso de actualización de conocimientos en legislación de transporte y tránsito terrestre en una Escuela de Conductores, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores. Este requisito es opcional para los interesados en revalidar licencias de las categorías A – I. B – I, B – II-A, B – II-B o para los conductores con licencias de categorías profesionales que pretendan revalidar su licencia a alguna de las categorías previstas.
  • Aprobación del examen de conocimientos, realizado en un Centro de Evaluación, previamente registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
  • Pago por derecho de trámite.

Se exonerará del cumplimiento del requisito del Taller “Cambiemos de Actitud” a los postulantes que cuenten con la bonificación de 50 puntos por cada período de 24 meses continuos sin haber cometido ninguna infracción al tránsito. La vigencia de la licencia revalidada será de 8 años.

Fuente: El Peruano